40 años
facebook
linkedin
twitter
youtube
  • Español
Área clientes
  • MEDINA CUADROS
    • Historia
    • Valores
    • The Three Alliance
    • RSC
  • ESPECIALIDADES
    • Corporate COMPLIANCE
    • Derecho MERCANTIL
    • Derecho CIVIL
    • Derecho CONCURSAL
    • Derecho PENAL
    • Derecho PROCESAL
    • Derecho INMOBILIARIO
    • Derecho DEPORTIVO
    • Derecho LABORAL
  • RED DE DESPACHOS
    • Madrid
    • Jaén
    • Granada
    • Ciudad de México
  • EQUIPO
    • Abogados
    • Equipo de soporte
    • Trabaja con nosotros
  • NOTICIAS/PRENSA
    • Noticias
    • Artículos
    • Material corporativo
    • Boletines
    • Publicaciones
    • Notas de prensa
    • Apariciones en prensa
    • Contacto prensa
  • CONTACTO

Medina CuadrosArtículosPérdida de beneficios fiscales en la adquisición de la vivienda

Pérdida de beneficios fiscales en la adquisición de la vivienda

noviembre 12, 2012
por Ángel Ramiro
Fiscal

Perdida beneficios fiscales en adquisicion viviendaHasta ahora la adquisición, mejora y rehabilitación de vivienda venía gozando de una serie de beneficios fiscales tanto en IRPF como en IVA. Ante la necesidad de recaudar, a cualquier precio, por parte de la Administración, dichos beneficios fiscales poco a poco van desapareciendo.

Por su interés, un experto en la materia de Medina Cuadros Abogados, Ángel Ramiro, nos resume las principales novedades con las que nos podemos encontrar:

En IRPF desaparecen las siguientes desgravaciones:

Adquisición de vivienda habitual.- Actualmente aún podemos aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual que asciende al 15% de los pagos realizados en el ejercicio, con un máximo de la base imponible de 9.015€. Lo cual supone un ahorro en IRPF de 1.352,25€, en el caso de poder aplicar la deducción con el límite máximo. Esta desgravación queda suprimida para adquisiciones realizadas a partir de Enero-2013. No obstante, los que adquirieron la vivienda con fecha anterior, podrán seguir aplicando dicha desgravación.

Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual aplicable a los contribuyentes que adquirieron su vivienda antes de 20-Enero-2006.- Esta desgravación se suprime desde 15-Julio-2012. Con esta compensación se pretendía resarcir el perjuicio económico que suponía la aplicación del porcentaje de deducción del 15%, respecto a los porcentajes existentes anteriormente del 20% sobre los primeros 4.500€ y el 15% sobre el resto, con máximo de 9.500€.

Deducción por obras de mejora a la vivienda.- Queda suprimida con fecha Enero-2013. Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20€ anuales, pueden deducirse el 20% de las cantidades satisfechas desde 7-5-2011 hasta 31-12-2012 por las obras realizadas durante dicho periodo en cualquier vivienda de su propiedad o en el edificio en la que esta se encuentre, siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y las estanqueidad, y en particular, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros. Así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación realizadas durante dicho periodo que permitan el acceso a internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del contribuyente. Posteriormente fueron aclaradas las dudas sobre requisitos y condicionantes, que no son pocos, para aplicar esta desgravación.

En IVA se mantiene hasta el 31/12/2012 el tipo de IVA superreducido del 4% para la adquisición de viviendas nuevas. A partir del 01/01/2013 se aplicará el 10%. Teniendo en cuenta que se trata de una inversión de elevado coste, el aumento de 6 puntos supone un importante encarecimiento del producto.

A la vista de lo expuesto, queda claro y aconsejable, que en caso de tener intención de adquirir una vivienda, hay que darse prisa antes de que finalice el ejercicio 2012. Nos quedaría la cuestión más relevante y principal, ¿cómo pagarla?

Sobre el Autor
Ángel Ramiro, Departamento Contable y Fiscal. Medina Cuadros Abogados
Más artículos de este autor →
Comparte en redes sociales
  • google-share

Busca un abogado

Especialistas en Corporate Compliance, Mercantil, Civil, Concursal, Penal, Procesal, Inmobiliario, Deportivo, Laboral y Gestión de Recobro.

Boletín

Acepto las condiciones de uso del sitio.

Últimas Noticias

El rol de Recursos Humanos en la transformación digital
jun 24, 2019
Medina Cuadros protagonista en el Auto Finance Forum
jun 20, 2019
Medina Cuadros participó en el 'Encuentro de Verano' organizado por ANGECO
jun 18, 2019

Últimos Artículos

Novedades en la nueva Ley Hipotecaria: "para buenos entendedores..."
jun 21, 2019
Hacienda como fuente de financiación para las familias
jun 14, 2019
Qui paga, ¿mana?
jun 12, 2019

Todas las etiquetas

Abogados Actividades empresariales Actos Sociales Amelia Cuadros Amelia Medina ANGECO Artículo Civil Comunicación y Marketing Concursal Corporate Compliance Corporativo Deportivo Derecho Despacho Diputación de Jaén Empresa empresarial FEAMS Fiscal Fundación Medina Cuadros Gestión de Recobro Inmobiliario Internacionalización Jurídico Laboral Luis Sánchez Manuel Medina Medina Cuadros Medina Cuadros Procuradores Mercantil México negocio Nombramientos Despacho Normas Noruega Penal Procesal Procuradores Recursos Humanos Responsabilidad Social Corporativa RRHH RSC Solidaridad Unipresalud

Medina Cuadros Internacional

Medina-Cuadros-Internacional

Datos de contacto

Plaza Marqués de Salamanca, 2 – Planta Baja. 28006 Madrid
T. +34 91 562 53 23
facebook
linkedin
twitter
youtube

Aviso Legal
© Copyright 2018, Medina Cuadros