El Departamento de Recursos Humanos de Medina Cuadros alerta sobre la entrada en funcionamiento del IBAN como único método de identificación de las cuentas bancarias, a partir del próximo 1 de febrero. Desde esa fecha, las cuentas corrientes tendrán cuatro números más: dos del país y otros dos de un nuevo dígito de control.
El consumidor debe tener claro que su cuenta corriente pasará a constar ahora de 24 dígitos y que se denomina IBAN (International Bank Account Number) frente a la cuenta tradicional denominada CCC (Código Cuenta Corriente) y que consta de 20. Tanto para hacer transferencias como para recibir cobros, se deberán usar esos 24 dígitos a partir del próximo mes de Febrero.
El IBAN es el nuevo identificador de las cuentas corrientes. Añade cuatro dígitos a los 20 de la cuenta corriente, que en febrero de 2014 deja de estar reconocida con las populares CCC. Estos cuatro signos serán: ES, en el caso de España, y un dígito de control de dos cifras.
El código IBAN sirve para identificar a nivel internacional una cuenta bancaria. Nació para que las entidades pudieran automatizar de manera sencilla las transferencias entre bancos de la Unión Europea. Con esta normativa, los pagos y transferencias intracomunitarias se ejecutan de manera similar a las nacionales, pudiendo aplicar tarifas similares.
Antes de esta normativa, había dificultades en los pagos internacionales en la Unión Europea, pues los sistemas de identificación de cuentas eran solo nacionales y esto imposibilitaba saber en qué país estaba abierta una cuenta.
El código IBAN que afectará a las transferencias bancarias, la nómina, los recibos domiciliados y los pagos con tarjeta, es un código que lleva cuatro caracteres iniciales y a continuación, el número de cuenta (los cuatro caracteres iniciales son el código del país (dos caracteres) + código de control (dos dígitos).
Ejemplo: ES21 (código de país ES para España + código de control 21).
Obtener este código a nivel particular es sencillo, ya que basta con acudir a la entidad bancaria y solicitarlo. En caso de no tenerlo en febrero de 2014, el Ministerio de Economía ha aprobado una medida temporal que permite a los bancos la conversión de CCC a IBAN hasta 2016.
No es tan fácil en el caso de las empresas y administraciones públicas, pues la actualización de los datos es mucho más complicada. Y, según el Banco de España, solo el 0,24% de las operaciones de adeudos que se realizan hoy se hacen bajo el código IBAN.
La obtención del IBAN es gratuita, y las entidades financieras no deberían cobrar por el cambio. El cobro por recibir este nuevo código no está justificado. No obstante, en el caso de las compañías, si el día 1 de febrero de 2014 no tienen el IBAN, en principio el banco puede cobrarles por el convertidor.
Las entidades bancarias ya han procedido a enviar a los clientes sus correspondientes nuevos códigos. En el caso de que algún empleado aún no los conozca, para tener más seguridad a la hora de conocer el código IBAN, desde el Departamento de Recursos Humanos se recomienda soliciten dicha información a su banco, tanto donde tienen domiciliada la nómina como donde tienen todos su recibos (hipotecas, comunidad, teléfono, gas,…).
Para aquellos interesados que quieran conocer previamente dicha información, existe una página publicada por el SEPA (Zona Única Pagos en Euros) y el Banco de España, donde pueden obtener más información: